Adaptar las normas de la Ley vigente a todos los que manejan datos personales es un desafío actual. Un ejemplo común es la práctica en edificios privados.
¿Cuántas veces al visitar una oficina en un edificio, los vigilantes nos piden obligatoriamente todo tipo de datos personales para permitirnos el acceso?
En estos edificios, a menudo debemos dejar una identificación oficial. Este documento usualmente contiene datos personales como nombre completo, dirección actualizada, firma. En edificios exclusivos, incluso solicitan huellas digitales y toman una fotografía como requisito obligatorio para entrar. En otros casos, los vigilantes ingresan manualmente nuestros datos completos en su base de datos o escanean nuestra identificación para facilitar el registro en futuras visitas.
¿Qué se hace con toda esta información? Antes quizás se desechaba. Pero ahora, con la tecnología actual, ¿qué ocurre? En muchos casos, se guarda en algún lugar, ya sea en México o en el extranjero, a través de servidores en otros países. La costumbre de que nuestros datos estén en cualquier lugar nos ha llevado a pensar que cualquiera puede pedirnos información personal por supuestas razones de seguridad privada.
Sin embargo, ¿qué derecho es más importante? ¿El derecho a la seguridad privada de quienes ingresan a un lugar con reglas privadas por ser un inmueble privado, o un derecho establecido a nivel constitucional? Y fuera de nuestro control, ¿esta información está realmente segura? Lamentablemente, no podemos verificar esto, y ahí radica la preocupación real.
¿Quién debe proteger los datos personales proporcionados? ¿El administrador del edificio? ¿La empresa que visitamos? ¿O la empresa de vigilancia? En la mayoría de los casos, ellos son los responsables iniciales de custodiar la información. No obstante, lamentablemente, a menudo son personas sin información o capacitación en protección de datos personales. En algunos casos, al preguntarles, confirmé que nadie les ha informado sobre las implicaciones legales de su trabajo.
Actualmente, estas prácticas en México ya están reguladas por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Estas acciones no pueden ignorar la ley vigente, incluso si existe desconocimiento de la misma, ya que ignorarla no exime su cumplimiento.
Por lo tanto, es muy recomendable que todos los administradores de edificios, las empresas de seguridad privada y las personas involucradas se ajusten a las leyes actuales sobre protección de datos personales. Deben implementar medidas que protejan los datos personales de sus visitantes y darles a conocer sus derechos ARCO. Esto ayudará a crear una cultura de protección de datos personales que muchas personas aún no comprenden por falta de información, y evitará que algunos sigan actuando fuera de la ley.
En caso de tener dudas sobre el cumplimiento de la ley, no dudes en comunicarte con nosotros. Más información
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